Algunos de los puntos que incluye la ley a este respecto son:
- Los ayuntamientos podrán constituir o
autorizar la gestión de estas colonias.
- La gestión ética de las colonias de gatos urbanas consiste en la captura mediante el empleo de jaulas trampa, y control sanitario de estos animales,su esterilización, marcaje de forma visible, preferiblemente en la oreja, y suelta en su correspondiente colonia de origen.
- La colonia de gatos será alimentada diariamente y dispondrá en todo momento de agua limpia. El alimento se dispondrá en recipientes que no estén en contacto directo con el suelo, evitando así ensuciar la vía y los espacios públicos. Diariamente se mantendrá el espacio limpio para evitar riesgos sanitarios.
- Los ayuntamientos podrán promover activamente la colaboración con las asociaciones de protección de animales que actúen como entidades colaboradoras, para facilitarles los cuidados, atención sanitaria y alimentación de los animales.
Asimismo, reglamentariamente se establecerá un registro de las colonias urbanas de gatos, que incluirá el número aproximado de ejemplares en cada una de ellas y todos aquellos datos necesarios para la trazabilidad de la misma, incluido su ubicación y lugares de alimentación.
Consulta la ley completa en el siguiente enlace:
https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=8916185-1-PDF-521000
Asociación Protectora de Animales en La Rioja
APARIOJA
www.aparioja.org
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